ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Son funciones del Administrador Municipal:

1.- Coordinar la acción de todas las unidades municipales, a fin de obtener con el menor costo y en el más breve plazo, se cumplan las tareas a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos propios del Municipio. Para tales casos deberá:

     a) Velar por que se cumplan adecuadamente la gestión y ejecución técnica de las políticas, planes y programas de la Municipalidad.

     b) Ejercer además, las funciones propias del Alcalde que por este acto se encomiendan:

          – Dictar resoluciones obligatorias de carácter general o particular, ajustándose a la Ley y Reglamentación que corresponda en cada caso, debiendo requerir el Visto Bueno de la Asesoría Jurídica que establecerá que el acto se ajusta a derecho.

          – Coordinar el funcionamiento de la Municipalidad con los órganos de la Administración del Estado que corresponda.

          – Coordinar con los Servicios Públicos la acción de éstos en el territorio de la Comuna.

          – Establecer los procedimientos para las principales rutinas administrativas de las unidades operativas.

          – Estudiar y actualizar los manuales de organización y procedimientos.

          – Solicitar a la Dirección de Control las auditorías que estime necesario ejecutar.

          – Autorizar o rechazar las horas extraordinarias solicitadas por las unidades municipales.

          – Firmar los Decretos de Pago que emita la Dirección de Finanzas.

          – Autorizar la circulación de vehículos municipales fuera de los días y horas de trabajo, cuando se requiera para el cumplimiento de las funciones municipales.

          – Presidir el Comité Técnico Administrativo.

     c) Proponer al Alcalde la organización interna del Municipio y sus modificaciones.

     d) Ejercer toda facultad o función que le sea delegada y/o encomendada por el Alcalde.

2.- Demás funciones que le encomiende el Alcalde.

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