DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO / DIDECO

La Dirección de Desarrollo Comunitario es una unidad de dependencia directa del Alcalde.

El objetivo fundamental de esta unidad es la Promoción del Desarrollo Comunitario, asesorando al Alcalde y al Concejo Municipal en la promoción, diseño, ejecución y evaluación de Políticas de Desarrollo Comunitario, en los ámbitos de la Asistencia Social; Promoción del Empleo; Capacitación, Educación, Vivienda y Hábitat, Asistencia Técnica a Organizaciones Comunitarias; Protección del Medio Ambiente; Salud Pública; Cultura; Deporte y Recreación.

Las funciones y atribuciones de la Dirección de Desarrollo Comunitario son:

1.- Asesorar al Alcalde y Concejo Municipal en la promoción del Desarrollo Comunitario:

     – Colaborar en la formulación del Plan de Desarrollo Comunal.

     – Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de desarrollo comunitario sobre la base de las necesidades y potencialidades tanto de la comunidad, como del Municipio.

     – Emitir informes solicitados por el Alcalde, sobre materias de competencia de la Dirección.

2.- Promover y ejecutar cuando corresponda medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con la Asistencia Social; Promoción del empleo; Capacitación; Educación; Protección del Medio Ambiente; Salud Pública; asesoría técnica a organizaciones comunitarias.

     – Diseñar, administrar, evaluar y supervisar proyectos sociales propios de la Municipalidad, orientados al Desarrollo Comunitario en el marco del Plan de Desarrollo Comunal; y Programas de Gobierno Central en esta área.

     – Mantener un registro actualizado de los programas y proyectos relativos al área de competencia de la Dirección que se encuentren en desarrollo en la Comuna, desde organismos de Gobiernos Centrales y/o locales.

     – Coordinar con instancias públicas o privadas; locales o centrales el desarrollo de programas específicos implementados en la Comuna.

     – Enviar los informes que requieren los organismos públicos sobre el desarrollo de estos planes y programas.

3.- Promover la coordinación permanente de las unidades que dependen de la Dirección y participar de las instancias de coordinación municipal y/o comunal que corresponda.

4.- Dirigir, Evaluar y supervisar el trabajo encomendado a unidades y personal bajo su dependencia.

5.- Cumplir otras funciones que la jefatura le encomiende en el marco de la normativa vigente.

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