
¿QUÉ ES EL COSOC?
El Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil es un órgano de participación ciudadana de la Municipalidad de Macul y cuyo objetivo es asegurar la colaboración y participación de la comunidad local en el progreso económico, social y cultural de la comuna.
¿CÓMO SE ELIGEN LOS MIEMBROS DEL COSOC?
El COSOC será elegido por las organizaciones comunitarias de carácter territorial y funcional, y por las organizaciones de interés público de la comuna. Asimismo, y en un porcentaje no superior a la tercera parte del total de sus miembros, podrán integrarse a aquellos representantes de asociaciones gremiales y organizaciones sindicales, o de otras actividades relevantes para el desarrollo económico, social y cultural de Macul.
¿CUÁNTO TIEMPO DURA EL COSOC?
Los Consejeros durarán cuatro años en sus funciones.
¿QUÉ FUNCIÓN CUMPLE EL COSOC?
El Alcalde deberá informar al Consejo acerca de los presupuestos de inversión, del Plan Comunal de Desarrollo y sobre las modificaciones al Plan Regulador.
El Consejo deberá pronunciarse respecto de la cuenta pública del Alcalde, sobre la cobertura y eficiencia de los servicios municipales, así como sobre las materias de relevancia comunal que hayan sido establecidas por el Concejo, y podrá interponer el recurso de reclamación establecido en el Título final de la presente ley.
Asimismo, los Consejeros deberán informar a sus respectivas organizaciones, en sesión especialmente convocada al efecto y con la debida anticipación para recibir consultas y opiniones, acerca de la propuesta de presupuesto y del plan comunal de desarrollo, incluyendo el plan de inversiones y las modificaciones al plan regulador, como también sobre cualquier otra materia relevante que les haya presentado el Alcalde o el Concejo.
Finalmente, el COSOC debe pronunciarse en el mes de marzo de cada año acerca de las materias de relevancia local.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA SER CONSEJERO DEL COSOC?
a) Tener 18 años de edad, con excepción de los representantes de organizaciones señalados en la Ley N°19.418;
b) Tener un año de afiliación, como mínimo, a una organización del estamento, en caso que corresponda, en el momento de la elección;
c) Ser chileno o extranjero avecindado en el país, y
d) No haber sido condenado por delito que merezca pena aflictiva.
La inhabilidad contemplada en la letra anterior quedará sin efecto una vez transcurrido el plazo contemplado en el artículo 105 del Código Penal, desde el cumplimiento de la respectiva pena.
¿QUIÉNES NO PODRÁN SER CANDIDATOS A CONSEJEROS DEL COSOC?
a) Los ministros de Estado, los subsecretarios, los secretarios regionales ministeriales, los intendentes, los gobernadores, los consejeros regionales, los alcaldes, los concejales, los parlamentarios, los miembros del consejo del Banco Central y el Contralor General de la República;
b) Los miembros y funcionarios de los diferentes escalafones del Poder Judicial, del Ministerio Público, así como los del Tribunal Constitucional, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales, los miembros de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones.
c) Las personas que a la fecha de inscripción de sus candidaturas tengan vigente o suscriban, por sí o por terceros, contratos o cauciones con la Municipalidad. Tampoco podrán serlo quienes tengan litigios pendientes con la Municipalidad, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive. Igual prohibición regirá respecto de los directores, administradores, representantes y socios titulares del diez por ciento o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes o litigios pendientes con la Municipalidad.
¿Para quienes son incompatibles el cargo de Consejero del COSOC?
Los cargos de Consejeros son incompatibles con todo empleo, función o comisión que se desempeñe en la Municipalidad y en las corporaciones o fundaciones en que ella participe. Tampoco podrán desempeñar el cargo de consejero:
a) Los que durante el ejercicio de tal cargo incurran en alguno de los supuestos respecto de: Las personas que a la fecha de inscripción de sus candidaturas tengan vigente o suscriban, por sí o por terceros, contratos o cauciones con la Municipalidad. Tampoco podrán serlo quienes tengan litigios pendientes con la Municipalidad, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive. Igual prohibición regirá respecto de los directores, administradores, representantes y socios titulares del diez por ciento o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes o litigios pendientes con la Municipalidad.
b) Los que durante su desempeño actuaren como abogados o mandatarios en cualquier clase de juicio contra la Municipalidad.
CALENDARIO PROCESO ELECCIÓN COSOC 2025
- Publicación de listados de organizaciones con derecho a participar. Organizaciones Ley 20.500. Viernes 17.10.2025. Se publican 31 días corridos antes de la elección.
- Publicación de listados de organizaciones con derecho a participar. Organizaciones Ley 19.418. Sábado 18.10.2025. Se publican 30 días corridos antes de la elección.
- En caso de existir alguna reclamación de una organización, debe dirigir un correo electrónico a ofparte@munimacul.cl con copia al Secretario Municipal avasquez@munimacul.cl
La reclamación deberá presentarse como máximo hasta el día 24.10.2025 para las organizaciones correspondientes a la Ley N°20.500, y el sábado 25.10.2025 para las organizaciones correspondientes a las N° 19.418. El fallo de la reclamación será dictado como máximo al tercer día de la presentación.
- Listado definitivo. Sábado 25.10.2025 en caso de no haber reclamaciones. Se mantendrá el mismo listado publicado ó el 28.10.2025 en caso de haber reclamaciones. Se incorporarán o retirarán aquellas organizaciones reclamadas.
- Inscripción de Candidatos: La Secretaría Municipal con la finalidad de otorgar una mejor organización del proceso, ha definido un periodo de inscripción de candidatos al COSOC, que se detalla a continuación:
a) Organizaciones territoriales: Desde el miércoles 29.10.2025 al viernes 14.11.2025 en horario de 09.00 a 16.00 hrs., de lunes a viernes en Oficina de Organizaciones Comunitarias de Secretaría Municipal, ubicada en Los Plátanos N°3130.
b) Organizaciones Funcionales: Desde el miércoles 29.10.2025 al viernes 14.11.2025 en horario de 09.00 a 16.00 hrs., de lunes a viernes en Oficina de Organizaciones Comunitarias de Secretaría Municipal, ubicada en Los Plátanos N°3130.
c) Organizaciones de interés Público: Desde el miércoles 29.10.2025 al viernes 14.11.2025 en horario de 09.00 a 16.00 hrs., de lunes a viernes en Oficina de Organizaciones Comunitarias de Secretaría Municipal, ubicada en Los Plátanos N°3130.
d) Organizaciones Gremiales, Sindicales y relevantes: Desde el miércoles 29.10.2025 al viernes 14.11.2025 en horario de 09.00 a 16.00 hrs., de lunes a viernes en Oficina de Organizaciones Comunitarias de Secretaría Municipal, ubicada en Los Plátanos N°3130.
Al momento de inscribirse las organizaciones gremiales y sindicales deberán presentar un Certificado de Vigencia emitido por el Ministerio de Economía o por la Dirección del Trabajo con una antigüedad no mayor a 30 días.
Asimismo, las organizaciones relevantes deberán presentar Escritura Pública o Estatutos o Certificado de Vigencia y poder simple. En caso que quien desee inscribirse aparezca en la escritura pública o Estatutos o Certificado de vigencia emitido por el Registro Civil no requiere poder simple.
Ahora bien, al momento de constituirse el Colegio Electoral, quienes deseen inscribirse como candidatos podrán hacerlo.
Todos los candidatos deberán presentar los siguientes documentos al momento de inscripción como candidato:
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- Carnet de identidad y fotocopia por ambos lados.
- Certificado de antecedentes que de cuenta que no ha sido condenado a delito que merezca pena aflictiva.
- Certificado emitido por la organización, firmado y con timbre que acredite que es socio y que posee al menos 1 año de afiliación.
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Finalmente, todos los candidatos deberán firmar un Certificado que dispondrá la Secretaría Municipal, que acredite que no poseen las inhabilidades contempladas en los Arts. N°s 7 y 8 del Reglamento del COSOC.
- Funcionamiento Colegios electorales: El día de la elección será el lunes 17.11.2025. Los colegios deberán funcionar en el Hall Central del Edificio Consistorial, ubicado en Los Plátanos N°3130, y cada uno en un horario determinado.
a. Organizaciones territoriales: Este colegio electoral deberá constituirse a las 09.30 hrs. del 17.11.2025 e inscribirse quienes deseen postularse como Consejeros en el registro especialmente habilitado (solo quienes no lo hayan hecho en el periodo señalado en el punto N°4). El horario de votación será desde las 10.00 a las 12.00 hrs. del día 17.11.2025. El conteo de votos se realizará a las 12.00 hrs.
b. Organizaciones Funcionales: Este colegio electoral deberá constituirse a las 12.30 hrs. del 17.11.2025 e inscribirse quienes deseen postularse como Consejeros en el registro especialmente habilitado (solo quienes no lo hayan hecho en el periodo señalado en el punto N°4). El horario de votación será desde las 13.00 a las 15.00 hrs. del día 17.11.2025. El conteo de votos se realizará a las 15.00 hrs.
c. Organizaciones de interés Público: Este colegio electoral deberá constituirse a las 15.30 hrs. del 17.11.2025 e inscribirse quienes deseen postularse como Consejeros en el registro especialmente habilitado (solo quienes no lo hayan hecho en el periodo señalado en el punto N°4). El horario de votación será desde las 16.00 a las 18.00 hrs. del día 17.11.2025. El conteo de votos se realizará a las 18.00 hrs.
d. Organizaciones Gremiales: Este colegio electoral deberá constituirse a las 18.30 hrs. del 17.11.2025 e inscribirse quienes deseen postularse como Consejeros en el registro especialmente habilitado (solo quienes no lo hayan hecho en el periodo señalado en el punto N°4). El horario de votación será desde las 18.45 a las 19.15 hrs. del día 17.11.2025. El conteo de votos se realizará a las 19.15 hrs.
e. Organizaciones Sindicales: Este colegio electoral deberá constituirse a las 19.30 hrs. del 17.11.2025 e inscribirse quienes deseen postularse como Consejeros en el registro especialmente habilitado (solo quienes no lo hayan hecho en el periodo señalado en el punto N°4). El horario de votación será desde las 19.45 a las 20.15 hrs. del día 17.11.2025. El conteo de votos se realizará a las 19.45 hrs.
f. Organizaciones relevantes: Este colegio electoral deberá constituirse a las 20.00 hrs. del 17.11.2025 e inscribirse quienes deseen postularse como Consejeros en el registro especialmente habilitado (solo quienes no lo hayan hecho en el periodo señalado en el punto N°4). El horario de votación será desde las 20.15 a las 20.45 hrs. del día 17.11.2025. El conteo de votos se realizará a las 20.45 hrs.
Resulta relevante señalar que tendrá validez cada una de las 3 elecciones, a saber, territoriales, funcionales y de interés público, sólo si asisten al menos el 10% del total de organizaciones consignadas en el padrón.
Por otro lado, cada organización incluida en el padrón tendrá derecho a un solo voto. Podrán ejercer este derecho el representante legal de la organización u otra persona especialmente autorizada por decisión del Directorio. En consecuencia, al momento de la votación, podrá emitir el voto el Presidente —en su calidad de representante legal de la organización cuyo directorio esté vigente e inscrito en el padrón— o bien otro integrante del mismo directorio vigente, siempre que cuente con un Certificado de Autorización emitido por la organización. Dicho certificado deberá estar firmado y timbrado por los miembros del directorio, quienes lo mandatan expresamente para votar en el presente proceso electoral del COSOC.
Por lo tanto, para ejercer el derecho a voto, la organización comunitaria deberá presentarse el día de la elección con los siguientes documentos:
– El Representante Legal de la organización deberá presentarse con su cédula de identidad. En caso que el voto lo ejerza otro miembro de la organización, esta persona deberá concurrir con su documento de identificación. Este aspecto es ineludible.
– Certificado de vigencia de la directiva, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación o por el Secretario Municipal.
– En caso de que quien ejerza el voto no sea el representante legal de la organización, deberá presentar una autorización escrita de la directiva, la cual debe estar firmada y timbrada por los miembros del directorio, junto con la cédula de identidad del socio autorizado.
ANDRÉS VÁSQUEZ MEDINA
SECRETARIO MUNICIPAL
listado de organizaciones que cumplen los requisitos legales para participar en el proceso electoral del COSOC 2025-2029
RESULTADOS ELECCIONES COSOC Y LLAMADO A ORGANIZACIONES FUNCIONALES
RESULTADOS ELECCIONES COSOC ORGANIZACIONES FUNCIONALES
INCOMPATIBILIDADES EN ELECCIÓN DE COLEGIO ELECTORAL DE ORGANIZACIONES FUNCIONALES
LLAMADO A ELECCIÓN DEL COLEGIO ELECTORAL CORRESPONDIENTE A LAS ORGANIZACIONES FUNCIONALES
Fecha de inscripción: Desde el lunes 22-11-2021 al miércoles 24-11-2021
Horario: Lunes y martes entre las 09:00 y 17:00 hrs. Miércoles 24-11-2021 desde las 09:00 a las 10:45 hrs. en Oficina de Organizaciones Comunitarias
de la Secretaría Municipal, ubicada en Los Plátanos N°3130.
Fecha de elección: Miércoles 24-11-2021 desde las 11:15 a las 16:45 hrs. en el Hall del Edificio Consistorial, ubicado en Los Plátanos N°3130.