DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y TECNOLOGÍA DE LAS COMUNICACIONES / DITEC

Artículo 261: La Dirección de Informática y Tecnología de Comunicaciones tiene dependencia directa del Alcalde y tiene por objeto dirigir el área de la informática y las tecnologías de las comunicaciones en la Municipalidad. 

Artículo 262: La Dirección de Informática y Tecnología de Comunicaciones, tendrá las siguientes funciones: 

a) Dirigir y proponer Las políticas de las tecnologías de la Información y computación (TIC) del Municipio. 

b) Mantener actualizado el Manual informático del Municipio, así como lo relativo a las comunicaciones y redes y el reglamento que fija normas para el uso de los correos electrónicos. 

c) Preparar y mantener actualizado el catastro e inventario de equipos, programas computacionales, firmas electrónicas avanzadas, del Municipio respectivamente, como complemento del Inventario de bienes municipales que es llevado por la DASG. 

d) Desarrollar un Plan de Contingencia que asigne responsabilidad y ámbitos de acción para sucesos imprevistos. 

e) Ser la unidad técnica en el ámbito de las TIC del desarrollo de sistemas propios, así como los contratados, licitados, arrendados, WEB y/o convenios. 

f) Hacer la transmisión en vivo del Concejo municipal, así como de amplificación y lo relacionado con esto. 

g) Mantención de Enlaces de Internet y creación de redes y Programas computacionales y de comunicaciones para las direcciones que lo requieran. 

h) Mantener actualizadas las licencias de todos Los programas y sistemas autorizados en operación, sean de propiedad municipal o de terceros. 

i) Asesorar técnicamente a las Direcciones Municipales que lo requieran y analizar las solicitudes de adquisición de equipos computacionales, de programas o insumos para su adecuado funcionamiento. Y regular el ingreso a los equipos computacionales de nuevos programas o de archivos de información externa al Municipio. 

j) Desarrollar y mantener la estructura lógica de la página web municipal y velar por la continuidad operacional de la misma. 

k) Cualquier otra función del área de informática de las que le encomiende el Alcalde. 

Artículo 263: La Dirección de Informática y Tecnología de Comunicaciones existirán los siguientes Departamentos: 

1.Departamento de Desarrollo y Seguridad

A este Departamento le corresponde: 

a) El Desarrollo y mantención de sistemas de informática. 

b) Crear e implementar las políticas de seguridad e informática. 

c) Respaldo y Mantención de las Bases de datos municipales. 

d) Cualquier otra que el/a Directora le encomiende. 

2. Departamento de Operaciones

A este Departamento le corresponde: 

a) Soporte de usuario. 

b) Mantener el Catastro de las licencias de todos Los programas y equipos autorizados a operar en el Municipio, sean de propiedad municipal o de terceros. 

c) Soporte y mantención de equipos. 

d) Desarrollo, mantención y soporte de redes y tecnología de comunicaciones. 

e) Cualquier otra que el/la director/a le encomiende. 

3. Departamento de Telefonía

A este Departamento le corresponde: 

a) Soporte de usuarios. 

b) Cambio de componentes de teléfonos en mal estado; 

c) Mantener catastro telefónico actualizado de números v/s usuarios asignados y unidad, todo esto según la instrucción de las Direcciones Municipales. 

d) Ser contraparte técnica del proveedor del servicio telefónico. 

e) Cualquier otra que el/a director/a le encomiende. 

4. Departamento Web y Multimedios

A este Departamento le corresponde: 

a) Transmisión vía streaming de los eventos municipales, (oficiales, protocolares, deportivos, culturales, entre otros). 

b) Desarrollar y mantener la estructura lógica de la página web municipal, coordinar con las Direcciones Municipales las que tengan a su cargo la publicación de contenidos en dicha página, en especial con Comunicaciones y velar por la continuidad operacional de la misma. 

c) Ser contraparte técnica de las empresas que tengan relación con la página web municipal para la integración de tecnologías. 

d) Cualquier otra que el/a Director/a le encomiende.